El nuevo Reglamento General de Circulación, que entrará en vigor en la primavera de 2014 no afecta a los avisadores de radares.
Angel Driver adapta su tecnología a la legalidad y funcionarán como avisadores de radares.
Los límites de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial cambiarán en 2014. La reforma, con rango de proyecto de ley, incluye novedades tan dispares como el aumento del límite de velocidad en algunos tramos de autopistas y autovías a 130 km/h, el endurecimiento de las multas de alcoholemia y drogas al volante de 500 a 1000 euros y la prohibición del uso de detectores de radares en los vehículos.

¿Existe algún dispositivo que esté dentro de la legalidad?. Sí, los avisadores de radares. En este sentido, cabe destacar que los dispositivos Angel Driver F18 cumplen, totalmente, con los límites impuestos en el proyecto de Reglamento General de Circulación que entrará en vigor en la primavera de 2014. Estos dispositivos, configurados inicialmente como detectores de radares, se adaptan a la nueva normativa y funcionarán como avisadores de radares (límite legal que permite la reforma), a través de un ajuste en su software. La manera de conseguirlo es mediante el desarrollo de un firmware, desde el departamento de I+D de Publipunto, a través del cual se anula la función de detector y deja únicamente operativa la de avisador mediante GPS, y que se distribuirá gratuitamente a los propietarios de Angel Driver F18.
¿Hasta ahora estaba permitido el uso del detector de radar?. Sí. La Ley de Seguridad Vial que entró en vigor en mayo de 2010 permitía el uso de estos detectores. La permisión, entonces, dejaba fuera de la legalidad el uso de inhibidores de radar. La diferencia, en este caso, estaba en que éstos últimos interferían la señal del radar para que la velocidad del vehículo no fuera detectada.
Es importante recordar que actualmente y hasta, si finalmente se confirma, la entrada en vigor del nuevo reglamento en la primavera del 2014, el uso de Angel Driver F18 como detector es 100% legal.
¿En qué situación se encuentra Angel Driver F5?. Nuestro dispositivo más económico no está catalogado como detector de radares, sino como avisador de radares y acogiéndonos tanto a la L.S.V de mayo de 2010 o al artículo 26 del futuro Reglamento General de Circulación, esta totalmente permitido y su uso es legítimo.
Si quieres saber más puedes leer:
Avisador de radares y detectores de radares, diferencias
Nuevo detector de radar Angel Driver F18
Dispongo de un F5, me podríais despejar la siguiente duda. Los radares móviles son detectados por el ANGEL DRIVER F5. y si es posible que dicho artículo pueda disponer del sofware del F18
ResponderEliminarGracias
No, Javier, los componentes electrónicos de uno y otro son totalmente diferentes, el software del F18 no funcionaria en el F5 y además podrías estropearlo.
ResponderEliminarTengo un GPS ANGEL DRIVER G2.Es de los primeros que salieron.No sé si es detector ó avisador de radares.En caso de que llevase ambas configuraciones,¿ se puede anular la primera para no incurrir en ilegalidad ?.¿ Me ayudaríais a hacerlo ?.
ResponderEliminarMuchas Gracias
Hola Pepe,
ResponderEliminarEl Angel Driver G2 es un avisador por lo que no habría ningún problema.
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ResponderEliminarAcabo de adquirir un F18 después de escuchar su publicidad, sin embargo ahora leo que el detector de radar pasa a ser ilegal en primavera de 2014! Exijo que me devuelvan el dinero, esto es publicidad engañosa. Por favor pónganse en contacto conmigo en mi correo
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